
Ley de Ingresos de la Federación
Indicadores económicos
Se estima que el crecimiento del producto interno bruto (PIB) para 2022 se colocará entre 3.6% y 4.6%, utilizando para fines presupuestales 4.1% con una inflación anual estimada de 3.4%.
El precio del petróleo se proyecta en USD 55.1 dólares por barril y un promedio de la tasa de cetes a 28 días de 5%.
En lo que respecta al dólar, su promedio anual se estimó en MXN 20.30 pesos.
Estímulos fiscales para 2021
Se mantienen en la Ley de Ingresos de la Federación para 2022 los estímulos fiscales que se han otorgado anualmente, entre los que destaca el estímulo fiscal consistente en el acreditamiento contra el impuesto sobre la renta (ISR) del impuesto especial sobre producción y servicios pagados por la adquisición de diésel que sea para su consumo final, como son:
Por la adquisición de diésel de maquinaria en general que se utilice en actividades empresariales, así como para vehículos marinos para contribuyentes con ingresos totales anuales menores a MXN 60 millones de pesos (mdp).
Por la adquisición del diésel utilizado para actividades agropecuarias o silvícolas; opcionalmente se prevé un esquema de devolución limitado para estos contribuyentes
Por la adquisición de diésel para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga; este estímulo no es aplicable tratándose de contribuyentes que presten servicios preponderantemente a partes relacionadas.
Se permite el acreditamiento de 50% de los pagos que se realicen en la red nacional de autopistas de cuota para contribuyentes que se dediquen solo al transporte terrestre público o privado de carga o pasaje.
Se permite a los adquirentes de combustibles fósiles cuando estos no se destinen a la combustión, acreditar el impuesto especial sobre producción y servicios que correspondan contra el ISR del ejercicio.
Tasa de retención del ISR por bancos
Se propone que en 2022 las instituciones que componen el sistema financiero mexicano determinen el impuesto a retener a personas físicas, considerando una tasa anual de 0.08% aplicable sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses. Como dato comparativo, en 2021 la tasa aplicable es de 0.97 %, lo cual representa una disminución de 21.25%.
Tasas de recargos
Se mantienen las tasas de recargos aplicables en los casos de prórroga, como se muestra a continuación:
Recargos por Tasa mensual
Prórroga 0.98%
Parcialidades hasta 12 meses 1.26%
Parcialidades de 12 a 24 meses 1.53%
Parcialidades mayores a 24 meses 1.82%
Para tales efectos, se especifica que las tasas de recargos antes mencionadas incluyen la actualización de las contribuciones.
